DAÑOS EN LA VIVIENDA ALQUILADA

 La reclamación de los daños en las viviendas alquiladas, desgraciadamente, es una acción más habitual de lo que pensamos. Muchos son los propietarios que contactan con sus abogados por daños causados en su vivienda alquilada. 

En algunas ocasiones los daños se producen como consecuencia de la finalización del contrato de alquiler y en otras los daños se producen como consecuencia de un procedimiento de desahucio.

Antes de llegar a dicha situación, lo ideal es conocer qué pasos debemos tener en cuenta en el momento que, como propietarios, firmamos un contrato de arrendamiento. Estos pasos nos ayudarán a proteger mejor nuestro patrimonio en caso que posteriormente nos veamos en una situación como la descrita anteriormente.



1º) En el proceso de negociación, antes de la firma del contrato de arrendamiento, debemos estudiar la viabilidad y solvencia económica del posible inquilino. 

Esto nos respaldará en el caso de que se produzca un impago futuro, ya sea de la mensualidad, de los suministros o de posibles desperfectos en la vivienda.

2º ) Una vez comprobado que el inquilino es solvente, debemos dejar constancia del estado en que se encuentra la vivienda en el momento de entregarla. No solo describiremos la vivienda (número de habitaciones...) sino también debemos recoger una descripción fiel y exacta de los muebles que se encuentran dentro de la misma y si es posible, adjuntar fotografías de los mismos.

3º) Incluir en el contrato una fianza acorde al estado y valor de los bienes existentes en la vivienda, también nos respaldará económicamente para el caso de que se produzcan desperfectos en el futuro.

Y si aún así, no nos hemos librado de que el inquilino cause daños a la vivienda arrendada, podemos acudir a la vía judicial para reclamar dichos daños.

Vía Judicial:

Lo más importante para acudir a la vía judicial es acreditar el estado en el que se entregó la vivienda (de ahí la importancia del paso 2º descrito anteriormente) y el estado en el que nos la encontramos en el momento de devolución de llaves. 

Así mismo, tenemos que acreditar el denominado "nexo causal" que es la prueba que nos permite a nosotros como propietarios, aseverar que dichos daños han sido causados por el inquilino.

Para que el nexo causal esté asegurado, es importante que no transcurra mucho tiempo entre el desalojo de la vivienda por el inquilino y la reclamación previa que debemos dirigirle al mismo, informando de los daños que se han causado. 

Además de ello es importante que en el momento en que se entregan las llaves de la vivienda, si es el caso, o en el momento en que se entra por primera vez a la vivienda tras la finalización del contrato, el propietario vaya acompañado de algún testigo que de fe del estado en el que se encuentra la vivienda. Incluso en algunos casos, el acompañamiento al propietario se debe hacer por un notario, que levante Acta del estado en que se encuentra la vivienda tras el desalojo del inquilino.

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